El caso de la menor que fue prostituida por su tía volvió a presentar novedades

El caso de la menor que fue prostituida por su tía volvió a presentar novedad este jueves por la mañana, cuando su defensa presentó un hábeas corpus que fue rechazado por un juez de Garantías. Si bien se pretendía plantear una serie de irregularidades en el Servicio Penitenciario con el abordaje del embarazo de la mujer que fue sentenciada, la respuesta fue negativa de parte de la autoridad.

Carla Manini, abogada defensora de la mujer que fue condenada a 14 años de prisión por prostituir a su sobrina, insistió con la prisión domiciliaria y el traslado de su patrocinada que permanece tras las rejas, debido al embarazo de riesgo que transita y luego de haber permanecido internada en Terapia Intensiva en el Hospital Rawson por su delicado cuadro de salud.

A pesar de que el pedido del beneficio se hizo en el Juzgado de Ejecución Penal y aún la jueza Lidia Ruth Reverendo aún no resuelve, la letrada intentó conseguir el aval por otra vía. No obstante, no tuvo surte porque el juez Javier Figuerola, alguien que conoce el funcionamiento del Penal de Chimbas, pues fue director del mismo, descartó el planteo.

En una audiencia atípica, como pocas veces se observa y en la que solamente participó el magistrado y la parte defensora, Manini expuso el caso y el juez resolvió tras analizar un informe que el Servicio Penitenciario envió. Aunque la abogada sostenía que el trato que recibía su defendida no era el adecuado, dadas las condiciones que presenta la prisión, Figuerola ponderó el informe carcelario que contradecía su postura.

Entre los argumentos que esgrimió el informe que resultó un revés para la parte protestante, figuraba que la mujer de 36 años que tiene 6 meses de embarazo siempre fue atendida por la parte ginecológica del Penal y sus médicos. En ese sentido, manifestó que el jefe de área de Sanidad y el subjefe del SPP asistieron a la interna y por causa de su gestación le suspendieron la medicación psiquiátrica que hasta ese momento tomaba.

Trascendió que a pesar de que tuvo una infección urinaria, fue vacunada y presentó riesgo de perder el embarazo, entre otros episodios psicológicos graves que presentó, una junta médica la revisó y constató que no era necesario ser trasladada a un domicilio particular. También se remarcó en dicho informe su actitud de no colaborar para su atención médica.

Después de insistir con la domiciliaria por recomendación de un profesional de la salud particular y de experimentar la internación de urgencia que tuvo en el nosocomio de Capital en las últimas semanas, la defensa pidió el hábeas corpus. Sin embargo, el magistrado no encontró argumento suficiente para concederlo y así «apurar» en cierto modo la resolución de Reverendo.

«No encuentro que se den acciones u omisiones lesivas en contra de la interna que ameriten tomar algún tipo de medida, por lo menos inmediata», señaló quien expresó que el SPP fue claro en su informe en cuanto a la atención que le ofreció a la sentenciada, que pudo ser tratada por profesionales especializados y trasladada cuando lo requirió al hospital de modo que otros médicos pudieran atenderla.

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